Los corticosteroides son esteroides sintetizados por la corteza suprarrenal. En medicina veterinaria, estos compuestos de síntesis son utilizados básicamente en el control de enfermedades metabólicas e inflamatorias en las diferentes especies de abasto, sobre todo en bovino y porcino. También se emplean frente a situaciones de shock, colapso o inducción del parto.
Además de poseer un efecto terapéutico, estos elementos ejercen una acción metabólica, ya que aumentan el apetito y la ingesta calórica y redistribuyen la grasa del organismo, lo que ha provocado interés en la posibilidad de ser utilizados con fines de mejora del rendimiento productivo. Sin embargo, hay que tener en cuenta que dosis excesivas de estos elementos provocan una reducción de la masa muscular (catabolismo proteico) y actúan sobre otras hormonas como la del crecimiento, que se ven bloqueadas por la presencia excesiva de este tipo de compuestos.
Dosis excesivas de estos elementos provocan una reducción de la masa muscularLos corticoides se clasifican según su actividad preferente: aquéllos que regulan el metabolismo de los hidratos de carbono (glucocorticoides) y aquéllos que afectan al equilibrio de electrolitos (mineralocorticoides). El principal glucocorticoide es el cortisol o hidrocortisona, mientras que la aldosterona es el más importante mineralocorticoide. El cortisol actúa facilitando la excreción de agua y manteniendo la presión arterial, afecta a los procesos infecciosos y produce una degradación de las proteínas intracelulares. Además, se caracteriza por aumentar la glucosa en sangre y los niveles de calcio y fosfato liberados por el riñón. Es característica la liberación del cortisol por las glándulas suprarrenales como respuesta fisiológica del organismo frente al estrés.
Nuevas moléculas de síntesis
El interés por algunas de las propiedades que este tipo de sustancias poseen ha conllevado el desarrollo y síntesis de nuevas moléculas de naturaleza similar al cortisol, que se utilizan en medicina humana y veterinaria. Entre estas moléculas de síntesis destacan dexametasona, prednisolona, metilprednisolona o betametasona, todas ellas obtenidas a partir de modificaciones químicas del cortisol. Estas variaciones permiten separar entre la actividad glucocorticoide (de mayor interés desde un punto de vista terapéutico) y la mineralocorticoide (poco deseada debido a la retención de sodio que provoca). La mayor o menor acción gluco o mineralocorticoide caracteriza cada una de estas sustancias y condiciona la elección de una u otra ante una sintomatología determinada.
Desde el punto de vista veterinario, los efectos que provocan (sobre la hipófisis y glándulas suprarrenales) son proporcionales a la dosis que se suministra y a la duración del tratamiento. De forma general, si la duración del tratamiento es corta (menor de 7-10 días) la función adrenal se recupera sin problemas de forma inmediata tras suprimir el tratamiento, pero si se prolonga por un periodo superior a 2 semanas, los cambios en las glándulas se establecen y si se suspende de forma brusca la medicación se provoca una insuficiencia suprarrenal aguda, razón por la cual la retirada del tratamiento de este tipo de compuestos debe ser paulatina.
De todo lo expuesto anteriormente se deriva que el uso terapéutico de los corticosteroides puede originar 2 efectos tóxicos: por un lado los que sobrevienen por supresión del tratamiento y por otro los que aparecen por un uso continuado. En medicina veterinaria y producción animal, su utilización terapéutica está supeditada a las especificaciones de especie, dosis, pauta y vía de administración que marca cada una de las especialidades autorizadas en el mercado. Por tanto, estos compuestos están sometidos a la legislación vigente en cuanto al uso de medicamentos en veterinaria; así se controla de forma muy específica la posible aparición de residuos de corticoides en carnes y vísceras procedentes de animales tratados con ellos.
Límite máximo de residuos
Todas estas moléculas tienen un Limite Máximo de Residuos (LMR) fijado en el anexo I del Reglamento 2377/90. Este límite máximo de residuos se basa en la cantidad y tipo de residuos que se considera que no constituye un riesgo para la salud del consumidor y se expresa en base a la dosis diaria admisible de un fármaco determinado (DDA). Esta DDA se calcula a partir de estudios experimentales realizados con animales de laboratorio y es el resultado del cociente entre los niveles con efectos no observables y un factor de seguridad de 100 o de 1000 que se aplica para extrapolar del animal al hombre, ya que el propósito principal del establecimiento de los LMR es asegurar la protección de la salud del consumidor contra los posibles efectos perjudiciales resultantes de la exposición a residuos de sustancias farmacológicas.
Los LMR de los principales glucocorticoides utilizados en veterinaria se caracterizan por ser de los más bajos fijados para las sustancias con acción farmacológica que pueden ser utilizadas en animales de abasto. Los límites marcados por la legislación oscilan entre 0.75 ng/g para tejidos como el músculo y el riñón, y 2 ng/g para el hígado.
Hay que destacar, además, que el uso terapéutico, bajo prescripción veterinaria, de los diferentes glucocorticoides autorizados en el mercado, conlleva al respeto de un tiempo de espera, antes del sacrificio de los animales tratados, para cada una de las especialidades comercializadas. Este periodo debería garantizar que los tejidos de animales tratados destinados al consumo no contienen residuos por encima de los fijados como niveles máximos permitidos.
Si estas premisas se cumplen y se vela por que los corticoides no se utilicen de forma descontrolada, fraudulenta y con fines no terapéuticos, la repercusión que tendrá sobre el consumidor la ingesta de tejidos de animales tratados con estas sustancias será imperceptible.