La Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC) se creó en 2005 con el ánimo de defender y proteger los intereses de los pequeños accionistas bursátiles. Pretendía fomentar su participación en la vida social de las empresas de las que son socios. Con la crisis, sus actuaciones han aumentado, debido a las numerosas operaciones de fusiones y compraventa, en ocasiones, perjudiciales para los inversores minoritarios. Javier Cremades, secretario de la citada asociación, estima que se ha avanzado en el cuidado de los intereses de los inversores con nuevas leyes y recuerda que la unión de accionistas con un mismo problema es una opción adecuada para defender intereses comunes.
La legislación avanza en esta materia, pero queda mucho camino por recorrer. Hasta ahora, las normas se han centrado en proteger al accionista como inversor en una sociedad, pero queda pendiente protegerle como verdadero socio. Esto significaría otorgarle el derecho de participación y de implicación en las decisiones, como propietario que es de la compañía.
En cuanto a los mercados de valores, disponemos de una buena y completa legislación. Ahora bien, es preciso exigir al regulador, ya sea la CNMV o el Banco de España, que vigile las exigencias impuestas a las empresas, tanto emisoras como intermediarias, y que haga cumplir la normativa vigente. En los mercados regulados y en los financieros, el papel de los organismos supervisores es fundamental. Su razón de ser no es otra que velar por los intereses de los pequeños inversores.
Otros países de nuestro entorno, con mercados más maduros y avanzados, han comprendido que sin un marco legal adecuado, que proteja y fomente la participación de los pequeños accionistas, no podrá desarrollarse nunca un verdadero mercado de capitales.
En una buena parte de las empresas del Ibex, el accionista mayoritario es el “free-float” (capital que circula libremente en Bolsa) compuesto por múltiples pequeños inversores que han confiado en el mercado. Si se quebrara esa confianza, se hundiría el mercado y con él los proyectos de tantas empresas que necesitan apelar al ahorro público para consolidarse en un marco cada vez más competitivo.
“El ahorrador debe conocer sus derechos, informarse de los productos y servicios que le ofrecen y dejarse asesorar por expertos”
Esta situación debe dar lecciones importantes a todos: inversores, directivos y reguladores. El ahorrador debe llegar a la conclusión de que la prudencia es la mejor consejera en las decisiones financieras. Pero antes, es fundamental conocer sus derechos, informarse de los productos y servicios que le ofrecen y dejarse asesorar por expertos independientes en la materia.
En el ámbito financiero, la confianza tiene un componente objetivo y una dimensión subjetiva. En el plano objetivo, con la normativa Mifid, promulgada tras el estallido de la crisis, el pequeño inversor tendrá más protección. La finalidad es que vuelva a creer en el sistema. La confianza subjetiva es la que deben ganarse los distintos operadores día a día, al demostrar que su gestión es prudente frente al riesgo y que ejercen una defensa real de los intereses de sus clientes.
La Bolsa es un mecanismo de inversión adecuado siempre que se haga a largo plazo y de forma diversificada. Hoy en día, hay vehículos de inversión interesantes, como los fondos: mediante una gestión profesional, consiguen una reducción considerable del riesgo inherente a toda inversión.
“El socio minoritario debe participar en la toma de decisiones y sentirse parte de la masa accionarial de la compañía”
Como grupo de accionistas minoritarios, deseamos y aspiramos a que en el mercado haya unas reglas del juego claras y que todos las respeten: accionistas mayoritarios, directivos de las empresas y poder político. Vivimos en una economía de mercado donde la intervención política debe limitarse a establecer el marco de actuación, con criterios de igualdad y transparencia.
Las decisiones judiciales tienen, sin embargo, otro cariz, ya que se adoptan con el fin de aclarar qué derechos u obligaciones tiene cada actor ante cada caso. No obstante, es propio de un Estado de Derecho que los tribunales se pronuncien sobre cuestiones económicas o empresariales.
Siempre se ha afirmado que el principal derecho de los accionistas minoritarios debía ser votar con los pies, es decir: si no les gusta el modelo de gestión de la sociedad en la que participan, que la abandonen e inviertan en otra. Pero nosotros entendemos la figura del minoritario como la de un socio implicado en la vida de la sociedad, que debe participar en la toma de decisiones y sentirse parte de la masa accionarial de la compañía. Por ello, defendemos una mejora en los mecanismos de participación de los accionistas en las juntas generales.
Son fundamentales para el correcto equilibrio de poderes e intereses que se da en toda empresa. No hace mucho tiempo, nuestras normas de sociedades capitalistas entendían que el único objetivo de cualquier compañía no era otro que obtener el máximo beneficio para el accionista. Esto derivó en políticas de gestión cortoplacistas y de alto riesgo, que produjeron importantes pérdidas y, en algunos casos, hasta provocaron la desaparición de las empresas.
La nueva corriente de gobierno corporativo y de responsabilidad social prefiere hablar más de creación de valor de forma sostenida a medio y largo plazo, antes que de maximización del beneficio. Es un enfoque en el que los pequeños accionistas no especulativos están mucho más cómodos.