Las denominaciones biológico, ecológico y orgánico, con sus apócopes y diminutivos bio y eco son exclusivas, desde el 1 de julio, de las producción obtenidas por el método ecológico de producción, tal como regula la normativa comunitaria y como establece el Real Decreto 1614/2005 sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios.
La adhesión de nuevos miembros a la UE en 2004 ha sido uno de los motivos por el que se ha modificado el Reglamento comunitario sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios. La modificación establece una protección explícita de todas las menciones de agricultura ecológica (‘ecológica’, ‘biológica’ y ‘orgánica’), de sus diminutivos y derivados en todos los países y todas las lenguas de la UE.