A principios de 2013, la Unión Europea aprobó un nuevo ingrediente alimentario y la extensión de uso como nuevo ingrediente alimentario para otro producto. Es importante hacerse eco de estas noticias ya que permite conocer mejor cómo funciona la UE para asegurar que todo lo que sale al mercado es adecuado. Por otra parte, es previsible que en breve se cuente con un borrador de nuevo reglamento para los nuevos alimentos e ingredientes alimentarios. En el artículo se detalla en qué consisten estas nuevas medidas, entre las que se incluyen la zeaxantina sintética y las semillas de chía.
Las autoridades competentes en la aprobación de nuevos ingredientes alimentarios y ampliaciones de su uso toman todas las medidas científico-técnicas para ayudar a los responsables políticos y legisladores en la generación de la legislación alimentaria con el mayor nivel de seguridad alimentaria posible. En lo que va de año, han visto a la luz dos Decisiones de la UE:
«Decisión 2013/49/UE de Ejecución de la Comisión, de 22 de enero de 2013, por la que se autoriza la puesta en el mercado de la zeaxantina sintética como nuevo ingrediente alimentario con arreglo al Reglamento (CE) nº 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo».
«Decisión 2013/50/UE de Ejecución de la Comisión, de 22 de enero de 2013 , por la que se autoriza una extensión de los usos de las semillas de chía (Salvia hispanica) como nuevo ingrediente alimentario con arreglo al Reglamento (CE) nº 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo».
Aprobación de zeaxantina
En el mercado se podrán encontrar productos con zeaxantina sintética
Desde el año 2004 se ha cursado un procedimiento a través de las autoridades competentes de los Países Bajos para concluir que la zeaxantina sintética puede comercializarse en la UE como ingrediente para complementos alimenticios con una ingesta de dos miligramos diarios. A partir de ahora se podrán encontrar en el mercado productos con este ingrediente identificado como «zeaxantina sintética».
El procedimiento ha sido largo, ya que las autoridades competentes de la Unión Europea deben tener la certeza de una seguridad alimentaria máxima. La cronología que se ha seguido en este caso concreto es:
- 01/06/2004. DSM Nutritional Products VML solicita el nuevo ingrediente alimentario.
- 16/06/2005. Informe inicial de las autoridades holandesas. Se concluyó que la zeaxantina sintética, con una ingesta por persona y día de no más de 20 mg, no presentaba un riesgo significativo para la salud humana. Los datos presentados no eran suficientes para completar la evaluación de la seguridad. Fue necesaria evaluación adicional.
- 01/08/2005. La Comisión remitió el informe de evaluación inicial a todos los Estados miembros para valoración.
- 02/02/2007. El solicitante informó a la Comisión para limitar el uso solo como ingrediente en complementos alimenticios.
- 20/03/2007. La Comisión consultó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).
- 24/04/2008. La EFSA adoptó un «Dictamen Científico sobre la seguridad de la zeaxantina sintética como ingrediente de complementos alimenticios». No se había demostrado la seguridad de la zeaxantina sintética como ingrediente de complementos alimenticios al nivel propuesto de 20 mg por persona y día.
- 25/01/2012. El solicitante facilitó información adicional y propuso una ingesta de zeaxantina sintética como ingrediente de complementos alimenticios de hasta 2 mg por persona y día.
- 13/09/2012. La EFSA adoptó una «Declaración sobre la seguridad de la zeaxantina sintética como ingrediente de complementos alimenticios». El nivel de uso propuesto por el solicitante no plantea problemas de seguridad. Tras la evaluación científica, se determina que la zeaxantina sintética se ajusta a los criterios establecidos en el Reglamento (CE) nº 258/97.
- 24/01/2013. Se publica la Decisión 49/2013 autorizando la zeaxantina sintética.
Semillas de chía
El pasado 24 de enero de 2013 se publicó también una ampliación de la extensión de los usos de las semillas de chía (Salvia hispanica) como nuevo ingrediente alimentario. En este caso en concreto, se ha tratado de permitir que pudiera utilizarse hasta un 10% de semillas de chía y que pudieran venderse semillas de chía preenvasadas con una recomendación de ingesta diaria de hasta 15 gramos. El proceso, al tratarse de una ampliación, ha sido mucho más sencillo y «rápido», puesto que en algo menos de dos años se ha sustanciado el tema.