Riesgo radiológico en los alimentos

Los componentes radioactivos llegan a los cultivos, al agua potable o a la de mar y contaminan los alimentos procedentes de estas fuentes
Por Natàlia Gimferrer Morató 25 de julio de 2011
Img cultivo
Imagen: r-z

La contaminación radioactiva es la presencia no deseada de compuestos radioactivos en el medio ambiente. Evitarla es una tarea compleja, ya que ciertos compuestos radioactivos forman parte de la corteza terrestre o se generan en la atmósfera de manera natural cuando entran en contacto con rayos cósmicos. El mayor problema aparece cuando, por la acción humana, esta radiación natural se halla en concentraciones mucho más elevadas. Es cuando se habla de contaminación radioactiva.

En los alimentos, la radioactividad también puede aparecer de manera natural, fruto de la radiación presente en el suelo, en el aire o en el agua. La contaminación natural de las rocas también puede llegar de forma fácil a los cultivos, al agua potable, que la absorbe del suelo, y al pescado y marisco, que la captan del agua del mar. El problema deriva de la sobrecarga de leche son los alimentos que más concentración de radioactividad acumulan y, a su vez, sirven de indicadores para determinar si una zona está contaminada. Un ejemplo es el RASFF) y del Sistema Comunitario de Intercambio de Informaciones Radiológicas Urgentes (ECURIE) para iniciar, si es necesario, el protocolo de retirada de productos y cierre de fronteras.

LEGISLACIÓN

Unos límites internacionales ponen cerco a la concentración de radionucleidos en los alimentos de comercio internacional y hacen especial hincapié en épocas posteriores a cualquier emergencia nuclear o radiológica. Estos límites se rigen por las siguientes normativas internacionales:

  • Reglamento (Euratom) número 3954/87, que determina la tolerancia máxima de contaminación radioactiva de los productos alimentarios y los piensos después de cualquier emergencia nuclear o radiológica.
  • Reglamento (Euratom) número 944/89, que establece las tolerancias máximas de contaminación radioactiva de productos alimentarios secundarios después de una emergencia nuclear o radiológica.
  • Reglamento (Euratom) número 770/90, que establece las tolerancias máximas de contaminación de los piensos después de una emergencia nuclear o radiológica.

Todos estos límites se aplican una vez que la Comisión Europea recibe la información de un accidente nuclear que ponga de manifiesto la posibilidad de superar los límites máximos de contaminación radioactiva en los alimentos y en los piensos.

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