Los fondos de inversión se han convertido en los últimos meses en una de las propuestas con mayor atractivo entre los pequeños y medianos ahorradores, tras la bajada de rentabilidad de los principales productos de ahorro (depósitos, cuentas, pagarés bancarios o bonos). Por ello, no es de extrañar que un buen número de particulares se haya fijado en este producto que se puede contratar en cualquier entidad financiera. Pero, si no son fondos garantizados, no se asegura su rentabilidad, como sucede con los depósitos o pagarés bancarios, con lo que sus partícipes asumen más riesgos. ¿Cómo contratar un fondo y cuál es mejor? Como se señala en el presente artículo, las opciones son muchas y variadas, por lo que se recomienda seguir una serie de pautas para no equivocarse.
Fondos de inversión, alternativa a los depósitos
Los fondos de inversión se han constituido como uno de los productos con mayor gancho entre los pequeños y medianos inversores, después de la bajada de rentabilidad de productos de ahorro como depósitos, cuentas, pagarés bancarios o bonos. De ahí que un buen número de personas haya vuelto su vista hacia este producto de inversión que se puede contratar en cualquier entidad financiera.
Ante la selección de fondos de inversión similares características, conviene decantarse por el que genere menores comisiones
Pero el primero de los problemas reside en la gran oferta con que cuentan las gestoras, ya que se pueden suscribir fondos de inversión en renta variable y en renta fija (tanto a corto como largo plazo), pero también a través de otros modelos como los monetarios, globales o de inversión alternativa. Aquí es donde aparece la primera duda en los inversores, al plantearse por qué modelo decantarse para conseguir una mayor rentabilidad.
Pero no es la única incertidumbre que presentan estos productos, sino que tienen otros no menos importantes para los intereses de los ahorradores, como las comisiones que generan, cuánto tiempo deben permanecer en ellos o si garantizan sus ahorros en su totalidad.
Para aclararlas, se pueden tener en cuenta varios consejos que, si bien no son garantía de una mayor remuneración para sus partícipes, sí les ayudarán a entender un poco mejor la estructura y funcionamiento de los fondos y a decidirse por uno u otro modelo de inversión en función de sus características y del perfil del inversor.
13 consejos para no equivocarse al elegir un fondo
Si los pequeños y medianos ahorradores se decantan por suscribir alguno o varios de estos productos, tendrán que asumir sus particularidades. Una serie de consejos o pautas de comportamiento para suscribir los fondos de inversión les pueden ayudar:
¿Tengo garantizada una rentabilidad, por mínima que esta sea?
La respuesta es rotundamente no. Aunque través de los fondos de inversión garantizados sí se puede conseguir esta premisa, puede que no sea por la totalidad de los ahorros, sino por una parte. La posible rentabilidad que ofrezcan vendrá determinada por la evolución de los activos financieros a los que está vinculado el producto contratado. Y pueden reportar tanto beneficios como minusvalías.
¿Tengo que invertir mucho dinero para ser partícipe de un fondo?
En general no, ya que se pueden suscribir desde un solo euro, aunque no todos los fondos son iguales y hay algunos que exigen unas aportaciones más exigentes. A veces, incluso demandan aportaciones por un mínimo de 60.000 euros.
¿Están penalizados con muchas comisiones?
Depende de cada fondo de inversión en cuestión, ya que las comisiones son muchas y variadas y no en todos los casos se aplican las mismas, ni el mismo porcentaje. Por eso, y ante la disyuntiva de selección de un fondo de similares características, lo más aconsejable sería decantarse por el que genere menores comisiones.
¿Necesito permanecer mucho tiempo en el fondo?
Eso depende, sobre todo, de la voluntad de sus partícipes, ya que se puede entrar y salir de ellos en cualquier momento, incluso en días. Esta estrategia dependerá del enfoque que quiera proporcionar el ahorrador a su inversión: corto, medio o largo plazo.
No obstante, los fondos garantizados sí cuentan con unos plazos de permanencia que hay que cumplir.
¿Tiene el mismo tratamiento fiscal que en otros modelos de ahorro?
Sí, es el mismo. En el momento de reembolsar las participaciones se practica siempre una retención del 21% (excepto a los residentes en Navarra, a los que se aplica una retención del 20%) sobre la ganancia patrimonial. Salvo cuando se realice la operación por sujetos pasivos del IRPF y se destine, cumpliendo determinados requisitos, el importe obtenido como consecuencia de la venta de participaciones en fondos a la adquisición de nuevas acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
Por el contrario, el traspaso o el cambio de fondos de inversión no conlleva ningún impacto fiscal para sus titulares, ya que no se produce venta de participaciones.
¿Es mejor invertir en un solo fondo o hacerlo a través de varios?
No cabe duda de que una diversificación en la cartera ayuda a reducir riesgo. A través de esta estrategia de inversión, se pueden confeccionar múltiples combinaciones de fondos que puedan adecuar el binomio de rentabilidad y riesgo, suscribiendo fondos de renta fija con otros de variable, incluso mediante los mercados de divisas.
¿En qué fondos se puede obtener una mayor rentabilidad?
Eso solo depende de la evolución de cada fondo. Pero son los de renta variable los más sensibles a generar esta tendencia, a pesar de que también las pérdidas pueden ser muy acusadas en esta clase de fondos.
No quiero asumir demasiados riesgos, ¿qué fondo será el más indicado?
En principio los fondos monetarios son los que cumplen mejor con esta función, ya que cuentan con poca volatilidad en sus cotizaciones. Aunque, en determinados casos, los basados en la renta fija también pueden servir por su menor componente especulativo.
¿Es aconsejable seguir la evolución de mi fondo de inversión?
Por supuesto. Es necesario que el inversor sepa en todo momento en qué situación se encuentra su inversión, por si considerase oportuno cerrar sus posiciones (vender) o hacer nuevas aportaciones al producto contratado.
¿Puedo realizar ventas parciales en fondo de inversión?
Sí, y cuando los titulares así lo deseen, con la ventaja de que no hay que pagar comisiones como en las operaciones de Bolsa.
¿En cuánto tiempo dispondré de mi dinero en las ventas realizadas?
Prácticamente en el mismo día, ya que estas operaciones se realizan con una gran efectividad y lo normal es que el dinero se encuentre en la cuenta corriente en no más de 24 horas.
¿Por qué modelo de fondo de inversión me debo decantar?
Es una decisión muy personal, que estará determinada por el perfil como inversor, la coyuntura de la economía y, sobre todo, de los mercados financieros.
En unos momentos puede ser más favorable la contratación de un fondo de inversión de renta variable, pero en otro periodo distinto lo más aconsejable sería inclinarse por los de renta fija. Dependerá, en definitiva, de muchas variables que deberá valorar el pequeño inversor.
¿Son productos que aportan liquidez a sus partícipes?
Si. Se pueden cerrar posiciones en el preciso momento en que le parezca oportuno al inversor, sin tener que esperar a plazos de permanencia o similares, y de esta manera se dispondrá de inmediato del capital en la cuenta.
Hay que contemplar todos los escenarios posibles y uno de ellos es que los titulares de un fondo de inversión puedan estar perdiendo dinero y necesiten de liquidez en un momento puntual para afrontar los gastos de algún imprevisto o ante una necesidad. La solución para este problema sería la venta (total o parcial) de las participaciones del fondo, pero se haría con minusvalías.
Para evitar esta situación, algunas entidades financieras han confeccionado unos préstamos que sirven para que no se vendan las participaciones del fondo de inversión en situación negativa. Para ello, conceden adelantos que pueden alcanzar hasta 20.000 euros de máximo, y con un plazo de amortización de entre 5 y 10 años.
No obstante, esta solución también supondrá una pérdida en la cuenta corriente, ya que habrá que desembolsar a la entidad de crédito cerca de un 9% en concepto de intereses, por lo cual habrá que atender si las pérdidas en el fondo de inversión compensan esas cantidades. Por tanto, lo más aconsejable sería acudir a estas fuentes de financiación cuando las minusvalías fuesen muy acusadas, en cualquier caso por encima del 10%.